martes, 5 de octubre de 2010

CIMAC Noticias: 10100408 - Difícil que trabajadoras y trabajadores alcancen requisitos para pensión

CIMAC Noticias: 10100408 - Difícil que trabajadoras y trabajadores alcancen requisitos para pensión

Por Guadalupe Cruz Jaimes

México DF, 4 oct 10 (CIMAC).- Como consecuencia del deterioro laboral y del modelo de cuentas individuales de pensiones, se prevé que sólo 21 por ciento de las y los cotizantes del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) alcanzarán los requisitos para obtener una pensión minima garantizada y servicios de salud en la vejez.

Lo anterior, lo advirtió Berenice Ramírez López, del Instituto de Investigaciones Económicas (IIE), de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), durante el Seminario Internacional: Nuevas formas de empleo, nuevas formas de protección social ¿Qué seguro de desempleo es viable?

Con base en un estudio realizado por la investigadora acerca de las reformas a las leyes del IMSS (1997) y la del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) (2007), señaló que el modelo actual de cuentas individuales aunado a la precarización del mercado de trabajo, resultó en la disminución de la cobertura de seguridad social.

La situación es preocupante, mencionó, ya que la tasa de crecimiento de cotizantes del ISSSTE es de .5 y .6 por ciento, mientras que el crecimiento anual es de 7.2 a 8.8 por ciento de personas jubiladas en los últimos tres años.

La desproporcionalidad se debe al crecimiento del empleo informal, pero también al de personas asalariadas en el sector formal, que carecen de prestaciones laborales y seguridad social, el número de ellas, asciende a 6 millones.

De acuerdo con la especialista en el tema, 61 por ciento de los empleos del país son informales, 38.8 por ciento están en la economía formal, de los cuales 58 por ciento carece de prestaciones laborales, la situación se agrava para quienes perciben menores ingresos, añadió.

Sólo 7.5 por ciento de quienes ganan hasta un salario mínimo tienen seguridad social, mientras 66 por ciento de las y los trabajadores que perciben más de 5 salarios mínimos, tienen prestaciones laborales.

En el país, la seguridad social está asociada al trabajo, pero por las características del mercado laboral, la cobertura ha sido insuficiente y muestra tendencia a la baja.

Además del deterioro de las condiciones laborales, las reformas hechas a las leyes del IMSS y del ISSSTE impactaron desfavorablemente a las y los trabajadores del país.

Por ejemplo, en el IMSS, previo a las modificaciones, que depositaron los ahorros de las y los derechohabientes en cuentas individuales administradas por empresas privadas, necesitaban 500 semanas de cotización para tener derecho a pensión o retiro de cesantía, con la ley vigente desde hace trece años, necesitan mil 250 para tener acceso.

Con la disposición anterior, pasó de un mínimo de 9 a 25 años de cotización, ello sería posible si el país tuviera un crecimiento económico dinámico y con empleo protegido, pero en la circunstancia actual, cubrir 25 años de cotización, puede significar 40 años de trabajo, mencionó la investigadora.

Con estas reformas, mediante las cuales el Estado mexicano se deslinda de la responsabilidad de garantizar seguridad social, la tendencia es la pérdida de pensiones y, por lo tanto, de servicios de salud en la vejez, por insuficiencia de recursos ahorrados.

En este sentido, la especialista mencionó que de acuerdo con datos de la Comisión Nacional de Sistema de Ahorro para el Retiro, la densidad de cotización es de 50 por ciento, pero por las características del ahorro, las tasas de reemplazo son de 16 por ciento, lo que significa que una persona que laboró 25 años puede recibir sólo 16 por ciento de su salario base de cotización.

“Si se mantiene esa densidad de cotización, sólo 21 por ciento de las y los trabajadores lograrían cumplir con los requisitos para obtener una pensión mínima garantizada, que son de un salario mínimo en el IMSS y de dos en el ISSSTE”, advirtió.

A este escenario, se suma al perjuicio de las y los trabajadores, el descuento que las Sociedades de Inversión Especializada en Fondos para el Retiro y las Administradoras de Fondos para el Retiro, realizan en las cuentas individuales.

De 1997 a 2007 las y los trabajadores recibieron sólo 40 por ciento de la rentabilidad de sus recursos, debido por el cobro de comisión sobre flujo y de saldo.


10/GCJ/LGL

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