Quadratin, Michoacán ::
MORELIA, Mich., 4 de octubre de 2010.-Con el objetivo regular la instalación y funcionamiento de establecimientos cuyo objeto sea ofertar al público la celebración de contratos de mutuo con interés y contratos de prenda, conocidas como Casas de Préstamo o Empeño, el Congreso local estudia y analiza las iniciativas en la materia presentadas el año pasado, mencionó Gabriela Molina Aguilar, diputada local.
La legisladora informó que la escasa capacidad de amplios sectores para acceder a créditos por parte de los bancos, por carecer de derechos de propiedad o por desempeñarse en la economía informal ha provocado que muchas personas recurran a estos servicios que llegan a ser abusivos y de escasa regulación.
“El cobro de intereses en este tipo de operaciones, superan el 20 por ciento mensual, superior al establecido en los bancos por las tarjetas de crédito, que ya de por sí es muy elevado”, sentenció.
Gabriela Molina explicó que en el proyecto se precisa que la aplicación de las normas y la función de fiscalización corresponden al Ejecutivo del Estado, a través de la Secretaría de Administración y Finanzas; también se estipula que la expedición, revalidación, modificación y cancelación de los permisos serán otorgados por el Ejecutivo del Estado.
La legisladora explicó que en el proyecto se detallan los requisitos para la expedición de un permiso, resaltando que una vez, el Permisionario deberá presentar a la Secretaría de Hacienda, póliza de seguro otorgada por compañía aseguradora, entre otros requisitos que transparentan y regulan su operación para evitar riesgos e injusticias.
Detalló que sólo tienen legislación en el tema Baja California y Tamaulipas, por ello se aprovechan de las necesidades de la gente que se ve obligada a recurrir a los servicios ofertados.
La actividad de préstamo prendario constituye una fuente de recursos económicos alterna al servicio que ofrecen las instituciones bancarias. En algunos países como Estados Unidos, se han desarrollado con gran éxito, y el mercado es altamente competitivo, ya que existen numerosas y grandes cadenas de casas de empeño.
Por ello, se considera necesario regular esta actividad, en virtud de que la misma representa para el Estado y para el país, un mercado económicamente importante, y que día con día se incrementa, siendo este giro el que un menor número de requisitos les exige.
Asimismo, es apremiante la regulación para proteger a los usuarios de este sistema ante el cobro excesivo de intereses o ante posibles incumplimientos por parte de quienes prestan este servicio, así como la obligación del Estado de ejercer un control sobre las mismas.
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