Por Rodrigo López Oviedo
Los graves problemas de desempleo y subempleo que tenemos en Colombia se podrían atenuar grandemente si a los trabajadores se les garantizara la estabilidad laboral, pues ha sido precisamente la carencia de este derecho la que ha obligado a los hijos del trabajador a salir a competir con su padre por un puesto de trabajo cada vez que este, por haberlo perdido, ha tenido que abandonar sus obligaciones hogareñas. Desafortunadamente, no es tal el propósito al que está orientado el proyecto que cursa actualmente en el Congreso, con el cual se busca expedir la Ley de Formalización y Primer Empleo y del cual no es razonable esperar ningún resultado significativo.
La prueba de lo inocuo del proyecto la da el artículo tercero, cuyo título habla de los incentivos concedidos para la formalización del empleo. Este artículo señala que en tres meses el Gobierno diseñará, evaluará y ajustará programas de desarrollo empresarial dirigidos a la promoción de la formalización. ¿Será que para decir semejante babosada se requiere una ley?
Y señala también que las empresas informales que se inscriban en el Registro Mercantil dejarán de pagar el ciento por ciento del impuesto de renta, de parafiscales, Fosyga y Fondos de Pensiones durante los dos primeros años y el cincuenta por ciento en el tercero. ¿Será que tales beneficios sí entusiasmarán a tantos empresarios informales que nunca han pagado un peso de impuestos? ¿O acaso las de parecido corte relacionadas con el Registro Mercantil?
Ahora bien, ¿será que la inscripción de un empresario en el Registro Mercantil es garantía para que a sus trabajadores se les formalice? ¿No son precisamente las empresas inscritas en tal Registro las más proclives al uso de contratos de prestación de servicios, de outsourcing, de cooperativas de trabajo asociado y demás mecanismos a través de los cuales se informalizan los vínculos con los trabajadores y se violan sus derechos?
Y si el proyecto no sirve para la formalización de 500 mil puestos de trabajo, menos servirá para generar dos millones y medio más. Y tampoco servirá para ello la “generosa” renuncia gradual que han aceptado hacer los gremios de la producción a las deducciones tributarias sobre la inversión en activos fijos. Estas deducciones están actualmente en el 30 por ciento, pero lo más probable es que ya hayan sido aprovechadas en porcentajes tan altos que resulte irrelevante la cacareada renuncia. Ahora bien, tratándose de un beneficio que estaba vigente desde el primero de enero de 2007, podríamos preguntarnos: ¿Será que si el empleo no se impactó positivamente mientras la norma estuvo vigente, tampoco se impactará ahora, y negativamente, con su paulatina desaparición?
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