martes, 20 de julio de 2010

Afecta a trabajadores criterio de la SCJN sobre pensiones: Coparmex | Milenio.com

Afecta a trabajadores criterio de la SCJN sobre pensiones: Coparmex | Milenio.com

Ciudad de México.- Los trabajadores se verán afectado por el criterio emitido por la Suprema Corte de Justicia de la Nación en el tema de las pensione, pues va en el sentido de que las personas que se pensionen conforme a lo dispuesto en la Ley del Seguro Social vigente hasta 1997, tendrán un tope para el cálculo del monto que les corresponde de 10 veces el salario mínimo general vigente en el DF, en lugar de 25 salarios mínimos como es en la actualidad.

La Confederación Patronal de la República Mexicana (Coparmex) advirtió lo anterior y su presidente, Gerardo Gutiérrez Candiani, afirmó que de llevarse a la práctica esta jurisprudencia, los trabajadores con derecho a pensionarse a los 65 años, en particular aquellos con ingresos medios y altos, verían mermada su pensión en un 60 por ciento, en promedio.

En su mensaje semanal, Gutiérrez Candiani explicó que si se considera que anualmente más de 400 mil trabajadores afiliados al IMSS se retiran de trabajar para pensionarse y que alrededor de 35 por ciento de éstos tiene ingresos por encima de la media, más de 100 mil personas por año serían perjudicadas con dicha disposición.

Añadió que hay que contemplar las afectaciones a empresas con planes de jubilación privados, así como a las instituciones financieras que los proveen, que en muchos casos tendrían que cubrir la merma sufrida por las pensiones garantizadas por contrato.

Candiani aseguró que si el Seguro Social implementa este tope, tendrá que reintegrar las cuotas obrero-patronales pagadas en exceso por las empresas y los trabajadores afectados, puesto que habrá roto la congruencia entre la prestación y la aportación que se ha venido cubriendo. Además, tendrá que hacerlo con actualización y recargos.

“El IMSS no está obligado, ni debe –bajo ningún motivo– poner en la práctica esta resolución injustificable de la Corte, que contraviene las disposiciones transitorias de la Ley de 1997. Si lo hace, además de cometer una injusticia, estará alimentando el crecimiento de la economía informal y, con ello, la eventual baja de sus ingresos, por más que ganase a corto plazo con la reducción del tope pensionario”, sentenció.
Antonio Hernández

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