GUADALAJARA, Jal. Un impuesto generalizado al consumo con una tasa única de 12%, sí impulsaría la recuperación económica, la inversión privada y el empleo y no las modificaciones fiscales aprobadas por el Congreso para el año próximo, reveló el fiscalista Juan Carlos Sáinz del Toro, vicepresidente de la Federación de Colegios de Profesionistas de Jalisco (FCPJ).
“Los incrementos de impuestos aprobados sólo impactarán adversamente en la generación de inversión privada y el empleo, aún cuando se pretende a corto plazo una reforma hacendaria que favorezca el crecimiento económico sostenido”, dijo.
Explica que las consecuencias inmediatas de las modificaciones fiscales provocarán una difícil recuperación de los volúmenes de producción industrial y de las ventas en el mercado interno, “lo que está incrementando la economía informal en niveles insospechados”.
Observó también que la complejidad de los procedimientos y la poca claridad de muchas de las disposiciones del sistema fiscal mexicano, están desalentando la inversión privada, la apertura de nuevas empresas y la generación de empleos competitivos, que se traducirán en un crecimiento económico insuficiente para poder hacer frente a los desafíos del desarrollo del país.
El fiscalista afirmó que los grandes corporativos empresariales y otros causantes con circunstancias fiscales privilegiadas durante mucho tiempo han venido pagando muy bajos impuestos, porque las leyes vigentes se los permiten, “no están haciendo algo ilegal: sólo se aprovechan de lo que la misma ley permite”, puntualizó.
Observó que los más afectados son los pequeños y medianos negocios que están en la formalidad, porque manejan mucho dinero en efectivo en sus operaciones y tuvieron un incremento de 50% en la tasa del Impuesto a los Depósitos en Efectivo (IDE), que pasó del 2 al 3%, además de la baja de los depósitos mensuales gravables de 25,000 a 15,000 pesos.
Otro cambio es que a partir del 1 de julio del 2010, las personas físicas con actividades empresariales y profesionales y las personas morales, ya no gozarán de la exención relativa a los depósitos en efectivo, realizados en cuentas propias abiertas con motivo de los créditos que les hubiesen otorgado instituciones financieras.
Hizo notar que en el caso del IVA, el Sistema de Administración Tributaria (SAT) no ha establecido el procedimiento a seguir con relación a los comprobantes fiscales emitidos durante el 2009 y que se cobren después del día 10 de enero del 2010 y observó que afortunadamente se prorrogó hasta el 1 de enero del 2011, la exigencia de utilización de los comprobantes fiscales digitales por parte de los contribuyentes.
geranas@eleconomista.com.mx
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