miércoles, 15 de diciembre de 2010

La informalidad no es lo mismo que la evasión tributaria en el Perú | GestioPolis

La informalidad no es lo mismo que la evasión tributaria en el Perú | GestioPolis

Jaime está preocupado. Su jefe le ha comentado que algunos de los clientes de la Institución de Microfinanzas – IMF manejan tres Estados Financieros: uno para el Ente Recaudador de Impuestos, otro para las Entidades de Crédito y un tercero para fines gerenciales.

Asimismo, le ha indicado que algunas veces la diferencia entre las ventas reales y las ventas declaradas pueden superar hasta el 100%, lo que es “normal, por tratarse de empresarios informales, muchos de los cuales han crecido con la IMF.”

Jaime sabe que lo que están haciendo sus clientes no está bien y peor atenderlos. Por lo menos, eso es lo que su formación personal le indica. Sin embargo, su Jefe le comenta que no tiene porque pensar así puesto que el “no trabaja para el Ente Recaudador de Impuestos, sino para la IMF”. Además “no se pueden perder negocios por principios. La IMF vive de los números, no de los cuentos”. Por otra parte, “siempre ha sido así y si no los atienden ellos, otros lo harán.”

Situaciones como las descritas suceden a diario en las IMF. Personas honestas como Jaime pasan por una disonancia cognitiva, que es “la tensión o desarmonía interna del sistema de ideas, creencias, emociones y actitudes (cogniciones) que percibe una persona por aceptar un comportamiento que entra en conflicto con sus creencias”. Lo malo de todo esto es que para que desaparezca la disonancia, Jaime tendría que buscar otro trabajo o cambiar sus cogniciones. De ser lo último, tendría que modificar su modo de pensar o “creer” en fantasías, como que “los evasores son informales”, lo cual es común escuchar en las IMF para justificar su cuestionable proceder.

Lo que no sabe el Jefe de Jaime es que al actuar de dicha manera, además de ser éticamente incorrecto, contribuye al Lavado de Activos, que no proviene solo de ocultar o disfrazar el origen ilícito de bienes o recursos que provienen del narcotráfico, sino también de la defraudación tributaria, como lo indica el Artículo 6º del Ley Penal contra el Lavado de Activos – Ley 27765 (Perú).

Para mayor detalle, defraudación constituye la acción y/o efecto de defraudar, que significa eludir o burlar el pago de los impuestos o contribuciones al Estado.

Por otra parte, mantener este tipo de proceder genera una doble ética en el personal de la IMF, al permitir la atención a clientes evasores de impuestos (defraudadores tributarios), justificándolos como si fueran “informales” y por otro lado exigiendo transparencia en el desarrollo de sus actividades ¿?.

Por eso no me extraña cuándo escucho comentarios sobre la alta incidencia de fraudes y quebrantos que suceden en algunas IMF y es que: No se puede caminar en el fango sin ensuciarse los pies.

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