El 29 de octubre se cumplió un año del decreto que incorporó dentro del Régimen de Asignaciones Familiares, un segundo “subsistema no contributivo de Asignación Universal por Hijo para Protección Social (AUH), extendiendo así a los sectores más postergados las asignaciones por hijo y por hijo con discapacidad contempladas en la Ley 24.714. Las condiciones precisas y objetivas fijadas para su concesión a través de la Anses y el cobro directo por la persona que tiene el menor a su cargo, mediante una tarjeta bancaria, impiden su otorgamiento discrecional y el riesgo de clientelismo.
De no haberse aprobado tan importante medida, los más de 3,7 millones de menores que están percibiéndola seguirían esperando, y los notables incrementos de la matrícula escolar (25 por ciento en las escuelas secundarias y 20 por ciento en las primarias, efectivizado al comienzo del presente ciclo lectivo) y de las inscripciones en el Plan Nacer (durante el primer semestre del año crecieron un 75 por ciento en comparación con el mismo período de 2009), no se hubieran concretado. En su estudio sobre el impacto de la AUH, Emmanuel Agis, Carlos Cañete y Demián Panigo han señalado que gracias a esta decisión los indicadores de indigencia se redujeron entre un 55 y un 77 por ciento y que los indicadores de pobreza y de desigualdad también han disminuido, destacando en las conclusiones que “el análisis conjunto de los resultados cualitativos y cuantitativos nos permiten aseverar que la AUH se encamina a ser la medida de política social más exitosa implementada en Argentina en los últimos 50 años”.
A pesar de tan positivos efectos, según una encuesta de Ibarómetro existe un rechazo o desacuerdo del 27,1 por ciento porque la AUH sería un “desincentivo” para que los desocupados busquen empleo. Esa línea de razonamiento alcanzó su máxima expresión en el titular de un diario de Mendoza, que lo bautizó como el plan “No trabajar”. Quienes así piensan ignoran que el Régimen de Asignaciones Familiares (institución del derecho de la seguridad social) brinda prestaciones en dinero a las familias con hijos menores a cargo y a las mujeres embarazadas para compensarles los mayores gastos que generan estas contingencias, procurando evitar que la insuficiencia de sus ingresos afecte la crianza y educación de los menores o la atención adecuada de ellas, sumerja al grupo familiar en la pobreza o la agrave si ya existía al momento de producirse el aumento de la familia. Este apoyo económico no es de naturaleza salarial, no integra el sueldo, pues no remunera trabajos realizados en relación de dependencia. Desconocen también que el artículo 14 bis de la Constitución Nacional dispone que “El Estado otorgará los beneficios de la seguridad social...En especial, la ley establecerá:...la protección integral de la familia;...la compensación económica familiar...”.
No obstante la claridad del mandato constitucional y de contar con variados proyectos sobre el tema, durante más de una década el Poder Legislativo no corrigió la injusta discriminación de quienes se desempeñaban en la economía informal, en el servicio doméstico o estaban desocupados, que había sido refrendada por el Congreso en 1996, mediante la Ley 24.714. Es entonces para celebrar la aprobación de tan trascendental medida, con la que se comienza a cancelar una parte significativa de la deuda social que el Estado mantenía con las familias en situación de mayor vulnerabilidad. A esto debemos agregar, no menos importante, que dejó establecida una muy sólida base para el siguiente reconocimiento de las restantes prestaciones contenidas en la Ley 24.714.
En este sentido, el pasado 27 de julio presenté en la Cámara de Diputados un proyecto de ley con varias propuestas. De ellas tiene prioridad extender las asignaciones prenatal y por nacimiento de hijo a las familias beneficiarias de la AUH, porque es ineludible atender la difícil situación que afrontan las mujeres, muy particularmente quienes se desempeñan en el servicio doméstico. La mayoría de ellas tienen escasa calificación laboral, un nivel educativo promedio bajo y un 35 por ciento son jefas de familias monoparentales. Estas últimas sufren una mayor desventaja económica como consecuencia de otros hechos, que se suman a los recién mencionados: la falta de ayuda de los padres ausentes, y las serias dificultades que enfrentan para trabajar en forma constante, por ser ellas las que asumen la responsabilidad del cuidado de los menores, tarea que a menudo deben realizar en forma personal, dado el difícil acceso de sus hijas e hijos pequeños a servicios de guardería
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