Un 75,5% de los trabajadores del país tiene contrato indefinido, según la última encuesta laboral, Encla 2011. Pero detrás de estas cifras existe una realidad poco analizada y que tiene relación con la calidad del empleo en Chile y las trampas legales que esconden algunas ocupaciones: los asalariados sin contrato laboral.
Cuando se habla de contrato laboral, se alude a instrumentos que se rigen por el Código del Trabajo, y que se caracterizan por determinadas jornadas, remuneraciones pactadas, donde existe vínculo de dependencia y subordinación, cuando hay jefes y normas claras. Así lo explica la ex directora del Trabajo, Patricia Silva, quien señala que cuando no existen estos vínculos se trata de contratos de prestaciones y que están basados bajo el Código Civil.
Ahora bien, la abogada reconoce la existencia de ciertas “trampas”, donde sí existe vínculo laboral, pero que están bajo el concepto de prestaciones. Un ejemplo de ello, dice, es el caso de las peluquerías donde se instalan 4 sillas y se subarriendan a 4 distintas peluqueras, con el compromiso que existan comisiones compartidas con la dueña o arrendataria del local: “eso es una falacia, pero hay ciertos sectores que lo tienen instalados como prácticas, que es bien cuestionable, porque esa peluquera no puede llegar a cualquier hora o faltar un día, porque si lo hace se va a tener que ir, y por lo demás comparte sus ingresos”.
Pero estas “trampas legales” no sólo se dan en este tipo de trabajos, Silva recuerda que también le pasa a los médicos que arriendan box, a los colaboradores de servicios externos e incluso a los trabajadores del servicio público, que en gran porcentaje están a honorarios, pero bajo la dependencia y subordinación de un jefe.
HONORARIOS
Según un estudio de Fundación Sol, basándose en cifras del INE, los asalariados sin contrato llegan a 1.065.156 personas, lo cual es un 18,7% del total de asalariados del país. Este número considera a quienes teniendo un contrato escrito, no reciben una liquidación de sueldo, por lo que no tendría un contrato laboral.
Alexander Páez, investigador de Fundación Sol, puntualiza que en el caso de los trabajadores asalariados, por ejemplo, no se puede hablar de contrato laboral. “Se puede tener contrato escrito, pero este puede ser de índole comercial, como la boleta de honorarios. Es por ello, que esta condición corresponde a un proceso de flexibilización laboral precarizante, pues, destituye la condición de asalariado con derechos laborales, por la de un independiente con derechos comerciales”.
Bajo este análisis, el 22,3% de las trabajadoras no tiene contrato laboral, es decir, más de 500 mil. Los sectores económicos que concentran este tipo de asalariados son hogares privados domésticos (52,5%), pesca (43,2%), hoteles (29,3%) y agricultura (27,1%). Y El Maule (26,2%), La Araucanía (25,9%), Bío Bío (24%) y Los Ríos con un 23,7% (ver gráficos) son las regiones que más captan los empleos de este tipo.
PUNTO MEDIO
Para la economista de LyD, Cecilia Cifuentes, los trabajadores sin contrato laboral llegan a los 733 mil, según datos del INE, lo que corresponde al 13,7% del total. Esto, sosteniendo que por una parte desde las cifras oficiales no puede calcularse las personas que no reciben liquidación, y por otra, que esto no tendría relación con la figura del contrato laboral.
“Son trabajadores que están finalmente en una especie de punto medio entre el trabajo formal e informal. Es deseable en este aspecto la formalización, ya que involucra en general seguridad social y mayor estabilidad laboral. En todo caso es factible que existan cotizaciones de seguridad social sin el contrato firmado, y lo primero es finalmente más relevante que lo segundo”, dice Cifuentes.
La economista de LyD, también destaca algunas cifras de la Encla, para caracterizar el contexto de este segmento del mercado laboral. “En 2011, tomando empresas de más de 5 trabajadores, un 38% de éstas subcontrata trabajadores, y un 3,6% utiliza trabajo suministrado. Sin embargo, eso no necesariamente genera mayor precariedad laboral, ya que en general tiene que ver mucho más con la eficiencia operativa de la empresa. Es el caso de determinadas funciones (aseo y seguridad), que por ser radicalmente distintas al giro de la empresa, se externalizan”.
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