viernes, 23 de julio de 2010

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El directorio de la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) acordó nuevas disposiciones administrativas sobre las funciones y responsabilidades que deberán cumplir los peritos contadores.
Entre las disposiciones se establece que deberán estar inscritos en el Registro de Peritos Contadores de la SAT, estar al día en sus obligaciones tributarias así como no haber sido condenados por algún delito tributario.
Además, deberán velar por la autenticidad de los datos y documentos que reciba de las personas o empresas a quienes preste sus servicios. En caso de detectar indicios de falsedad en los documentos recibidos, deberá presentar denuncia ante la Policía Nacional Civil o el Ministerio Público.
Inconstitucionales
Para el consultor fiscal, Oscar Chile Monroy, estas disposiciones son inconstitucionales debido a que vedan la posibilidad de ejercer su trabajo a los Peritos Contadores si no están registrados o si son suspendidos.
El problema más serio, señala, es imponer al perito la obligación de denunciar a sus clientes y velar porque todos los datos sean auténticos. ¿Cómo va a velar un contador por los dos mil datos u operaciones de la empresa sean auténticas? Esa es una labor de la SAT que se le está delegando, concluyó.

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