La honorable Cámara de Diputados y la honorable Cámara del Senado de Argentina discutirá durante los meses de octubre y noviembre el proyecto de Ley de venta directa que define los sujetos comprendidos, la relación de dependencia, establece remuneraciones y promueve la creación de la comisión paritaria nacional de trabajadores de venta directa.
En este Proyecto de Ley se encuentran comprendidos las/os trabajadoras/es vendedoras/es con los distintos nombres con que se acostumbra a llamarlos: revendedores, agentes comerciales, distribuidores, promotoras, consultores, fuerza de venta, personas miembros de un sistema de distribución de una compañía de ventas directa, u otra denominación que se les diera o pretendiera para su calificación.
Entre otras determinaciones, en ningún caso las condiciones contractuales firmadas por los trabajadores en los contratos de adhesión con las empresas o industrias dedicadas a la venta directa, serán utilizadas “in pejus” del trabajador.
Según Oscar Silva, de SIVARA-CGT, la nueva ley reivindica “a más de 700.000 trabajadoras que desarrollan su actividad como vendedoras de cosméticos, enseres de cocina, indumentaria, bijouterie, entre otras, y se convertirá en pionera en el apoyo de la dignidad de la/os trabajadora/es de venta directa, al reconocer su condición de trabajadoras/es”.
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